Milei apuesta a ir por separado de la nueva Ley Ómnibus con las reformas impositivas, entre las que se incluye el regreso del gravamen que se había modificado en septiembre de 2023.
Antes del traspié del Gobierno en el Congreso con el regreso de la Ley Ómnibus a comisiones, Javier Milei y Luis Caputo habían anunciado que se retiraba el capítulo fiscal del proyecto Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos tras negociaciones fallidas con legisladores opositores y, principalmente, con los gobernadores. Ahora, se conoció cómo será el nuevo paquete, en el que se incluye el regreso del impuesto a las Ganancias y el reenvío de la moratoria, el blanqueo de capitales y Bienes Personales.
El nuevo Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, según asegura el Gobierno, está «enmarcado en el proceso de saneamiento de la dramática situación económica en la que está sumido nuestro país». Además de los ya mencionados, los títulos también refieren a las modificaciones de la Ley de Impuestos Internos y al impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas enmarcado en la Ley Nº 23.905.
El regreso del impuesto a las Ganancias, gravamen que se había modificado en septiembre de 2023 y uno de los puntos más álgidos del nuevo debate, vuelve a establecer la cuarta categoría que había quitado Sergio Massa. Así, los trabajadores que ganen más de $908.587,88 neto quedarán alcanzados por el nuevo tributo. Este fue uno de los puntos más discutidos con gobernadores y legisladores de la oposición. De hecho, Ignacio Torres, uno de los mandatarios que más se enfrentó con Milei, anticipó que «no va a salir».
Los montos se ajustarán trimestralmente en enero, abril, julio y octubre de cada año por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), comenzando desde el cuarto mes de este año.
Por otro lado, se envía una nueva moratoria para quienes tengan obligaciones pendientes con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vencidas al 29 de febrero de 2024, inclusive, o infracciones cometidas hasta esa fecha que estén relacionadas o no con aquellas obligaciones. El plazo será de 150 días corridos desde la entrada en vigencia de la reglamentación. Quienes accedan podrán tener una condonación de hasta un 50% de los intereses punitorios.