Tras las medidas anunciadas la semana pasada por el ministro de Economía, Luis Caputo, el Gobierno nacional estableció que las operaciones en moneda extranjera realizadas con tarjeta de crédito antes del 13 de diciembre con fecha de liquidación a partir del 14 del mismo mes tendrán un recargo del 60%.
La Resolución General 5465/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que se publicó este lunes en el Boletín Oficial aclara una duda que habían planteado varios usuarios de tarjetas de crédito, ya que la suma de los recargos por la percepción de Ganancias y el pago del impuesto PAIS era del 155% antes de la devaluación del peso respecto del dólar oficial.
Según la resolución, las percepciones que deban aplicarse sobre operaciones pactadas en moneda extranjera «que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30%».
A ese 30% debe agregarse un alícuota similar por el impuesto PAIS, por lo que la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60% a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.
El Gobierno explicó que consideró conveniente, por razones de administración tributaria, «adoptar un criterio excepcional» respecto a la alícuota «atendiendo a las nuevas condiciones del mercado cambiario». Este documento es el primero que lleva la firma de la nueva titular de la AFIP, Florencia Lucila Misrahi.